Esta última semana recibimos una consulta un tanto peculiar. Nos han preguntado información acerca de los trámites de una separación y un divorcio, que, como indicaremos son dos procesos, aunque similares, pero con efectos completamente diferentes; pero sin duda, la pregunta que motiva este post es que la persona en cuestión no tenía claro si quería separarse o divorciarse.
Evidentemente, a esta última pregunta no podemos dar una respuesta fehaciente, porque la toma de esa decisión es y debería ser completamente personal, pero a la vez y según los casos, es muy complicada por los efectos que ello podría conllevar.
Ante la duda, algunos consejos:
Evidentemente ni este despacho es un consejero matrimonial ni un terapeuta de pareja, aunque disponemos de algunos colaboradores que sí que se dedican a ello, pero por nuestra experiencia para la toma de esa decisión, en especial, cuando existen ciertas dudas, suelen hacerse las siguientes preguntas.
¿Qué sentimos? Ser completamente sincero con uno mismo y razonar si el sentimiento que tenemos y expresamos hacia la otra persona es idéntico o similar al que teníamos en un primer momento. Decimos similar porque los sentimientos iniciales pueden ser con carácter duradero, que eso nos lo marcará el tiempo en el que compartamos una relación, puntual o esporádico. No entraremos a analizar cada uno de esos caracteres, pero lo que propicia muchas largas es precisamente esos sentimientos duraderos o, incluso, los esporádicos.
¿Qué piensas de la relación? Este punto significa una análisis honesto de cómo ha ido la relación, es decir, tomar buena nota de los puntos positivos y los negativos y evaluar esos negativos para determinar si podría tener una solución o, si por el contrario, nos encontramos ante diferencias irreconciliables.
¿Existe comunicación? Alguien se podría imaginar convivir con una persona durante buena parte de su vida sin que exista ningún tipo de comunicación? Evidentemente, la existencia de las nuevas maneras de comunicación nos permite estar en contacto constante con la otra persona, pero dejando a un lado las pantallas,¿ tenemos esa conversación cara a cara? La comunicación y la forma de comunicarse resulta uno de los pilares fundamentales para empatizar con la otra persona y, también, para comprenderla y buscar alternativas o soluciones a los problemas que puedan afectar a la relación.
¿Has buscado ayuda externa? Como hemos indicado, este despacho no es consejero matrimonial ni terapeuta de pareja, pero en ocasiones hemos colaborado con algunos de estos profesionales para intentar salvar o poner en común determinados puntos en conflicto. La ayuda externa puede ser de especial ayuda para poder ver si existen puntos de conexión entre ambos que permitan mejorar o perfeccionar la relación o, si por el contrario, ya no hay solución posible. Efectivamente, en este punto, resulta de vital importancia la coparticipación e interés de ambos, en caso contrario, sería un movimiento completamente fútil.
¿Qué impacto crees que sucedería? Hay una frase que siempre solemos decir a en nuestra fase de Discovery a nuestros clientes, consistente en el impacto en la vida de las personas, porque muchos no son conscientes que la vida va a cambiar a todos. Pero también, y esto debe ser lo más relevante, para los hijos e hijas si es que de dicha relación han nacido. Más del qué dirán terceras personas, familiares y amigos, lo más importante es analizar, sin miedo, el impacto de la separación o divorcio en nuestra vida.
¿Es urgente tomar la decisión? A parte de las situaciones de violencia dentro de las parejas en las que en ocasiones ya se suele tomar esa decisión instrumentalizada mediante una orden de protección, la decisión de separación o divorcio no debería ser tomada a la ligera. A los abogados y a los juzgados de familia, en este tipo de procedimiento, no es indiferente los motivos o las causas que propician el divorcio o la separación. En ocasiones, nos hemos encontrado a personas que desean introducir dentro de la propia demanda que la otra persona ha mantenido una aventura o les han sido infieles. Sin embargo, esa situación conforme al Código Civil, resulta completamente indiferente, es decir, la infidelidad no es una causa de separación o divorcio. Conforme al artículo 82 del Código Civil español, los cónyuges podrán acordar su separación o divorcio pasados tres meses desde la celebración del matrimonio y, éste, es el único requisito para poder presentar la separación o divorcio. Las restantes causas o motivaciones pertenecen a la esfera personal de la cónyuge y no resultan trascedentes en sede judicial.
¿Separación o divorcio?
En esa toma de decisión es vital tomar la decisión completamente segura, pero en caso de incertidumbre, existen, además de las terapias voluntarias indicadas anteriormente, la diferencia entre separación o el divorcio.
En líneas generales, una separación puede ser tomada de dos maneras: de hecho o de derecho. Una separación de hecho es aquella en la que uno de los cónyuges toma la decisión de separarse e intentar iniciar una vida separada y, habitualmente, suele hacerse de forma consensuada.
Pero... ¿si un cónyuge se va de la vivienda, no estaría cometiendo un delito de abandono de familia?
Esta pregunta es una de las más concurridas porque solemos entender que si uno se va de casa está cometiendo este tipo de delito, pero tomando nuestro Código Penal, vemos que no es así, porque este tipo de delito sólo se dará cuando uno de los progenitores incumple sus deberes asistenciales (art. 226 del Código Penal) relativos al ejercicio de la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar para el sustento de familiares que se encuentren necesitados; y también se dará con el impago de la prestaciones económicas durante dos meses consecutivos o cuatro alternas (art. 227 Código Penal) pero vinculadas a una convenio judicial o una resolución judicial que fije este cuantía.
Dicho esto, tenemos, por un lado, la separación de hecho y, por otro, la separación judicial. La diferencia entre una y la otra es que, en la judicial tenemos una resolución judicial que fija, además de la separación de los progenitores, las medidas en relación a los hijos, en caso de que existan.
Por su lado, la resolución de divorcio, acuerda, además de las medidas en relación a los hijos, la disolución del matrimonio. Así, la gran diferencia entre uno y el otro, es que la separación no acuerda la disolución del matrimonio, por lo que la pareja sigue viva, y el divorcio, sí.
Así, si una persona está separada, no se podría volver a casar, cosa que sí podría hacer si se encuentra divorciada. Por último, éste status, cosa que muchas veces tampoco se tiene en cuenta, también puede tener sus implicaciones en relación a las sucesiones y pensión de viudedad, pero eso ya sería cuestión de otro post.
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